Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0180/2010-R
Fecha: 24-May-2010
C)
C) La Sentencia 75/2005 de 9 de marzo, que declaró probada la demanda de división y partición de bienes, formulada por el señor Antuña e improbada la demanda reconvencional incoada por su parte con relación a las construcciones y mejoras realizadas en el lote de terreno de la calle Luis de Fuentes 100 de la zona Tabladita en la ciudad de Tarija, así como las construcciones y remodelaciones efectuadas en el inmueble de la calle Luis Crespo 1901 de la ciudad de La Paz y los frutos civiles, por falta de prueba;
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- A)
- B)
- C)
- G)
- H)
- I)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 3)
- 5)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- 1)
- Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III. 3. El Auto de Vista pronunciado por los recurridos
- III.4. La valoración de la prueba
- APROBAR