SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0180/2010-R
Fecha: 24-May-2010
II.4.
II.4. Mediante Auto de Vista D-132/2006 de 30 de marzo (fs. 113 a 114 vta.), la Sala Civil Cuarta de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, confirmó en parte la Resolución apelada en relación a haberse probado la ganancialidad en el inmueble de la zona de Irpavi de la ciudad de la Paz, como también de la camioneta marca Mitsubishi con placa 806-NKK; con la modificación de haberse probado también la ganancialidad en la remodelación y ampliación del inmueble de la calle Luis Crespo de la zona Sopocachi de la ciudad de La Paz.
El tercer considerando de dicha Resolución (fs. 114), señala que está demostrado que la ex cónyuge adquirió el inmueble de la calle 3 esquina Vera 127 de la zona de Irpavi de la ciudad de la Paz, durante la vigencia del matrimonio, por lo tanto resulta ser divisible y partible al 50% correspondiente.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- A)
- B)
- C)
- G)
- H)
- I)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 3)
- 5)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- 1)
- Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III. 3. El Auto de Vista pronunciado por los recurridos
- III.4. La valoración de la prueba
- APROBAR