Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0180/2010-R
Fecha: 24-May-2010
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Una vez instalada la audiencia pública el 9 de febrero de 2007, por Secretaría del Tribunal de amparo, se informó sobre la concurrencia de la parte recurrente asistida de su abogado, así como del tercero interesado Manuel Antuña Morales, con su patrocinante; ausentes tanto las autoridades recurridas, por cuanto se encontraban asistiendo a una audiencia en la localidad de Sica Sica, como la representante del Ministerio Público, tal cual consta en el acta de fs. 177 a 180, habiéndose suscitado lo siguiente:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- A)
- B)
- C)
- G)
- H)
- I)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 3)
- 5)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- 1)
- Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III. 3. El Auto de Vista pronunciado por los recurridos
- III.4. La valoración de la prueba
- APROBAR