SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2010-R

Fecha: 31-May-2010

I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

Con carácter previo a instalar la audiencia, el Tribunal de garantías concedió el uso de la palabra a las autoridades recurridas para que se pronuncien sobre la inasistencia del recurrente, arguyendo uno de los Vocales recurridos, que se prosiga con el actuado porque en esta clase de recursos "puede asumir representación del recurrente cualquier persona" (sic).