SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0215/2010-R

Fecha: 31-May-2010

III.6.2. Respecto a la actuación de los Vocales demandados

Apelado el Auto de Vista de 22 de agosto de 2007, emitido por la Jueza demandada a través del cual negó el incidente de nulidad de obrados por error en las partes, los Vocales codemandados emitieron el Auto 268/2007 de 4 de octubre, confirmando el fallo de la a quo sin que sea evidente que el mismo no esté fundamentado, por el contrario, adujeron que lo único que se pretende es evitar la ejecución de sentencia y respecto a la excepción de impersonería, ésta fue resuelta en su oportunidad y querer después de tanto tiempo lograr la nulidad bajo el rótulo "error en las partes", sale del marco del Código Procesal Laboral. Asimismo, refirieron que el recurrente en los mismos actuados procesales manifestó ser Gerente de la empresa demandada y pretender pedir la nulidad por el principio de especificidad se tiene que "ningún trámite o acto judicial será declarado nulo si la nulidad no estuviera expresamente previsto por ley"; determinándose con ello que se cumplió con la exigencia de la motivación de las resoluciones pues expusieron los hechos establecidos y la cita de las normas jurídicas para resolver la situación.