Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0233/2010-R
Fecha: 31-May-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal
El expediente se recibió en este Tribunal el 13 de octubre de 2006 y fue sorteado el 13 de agosto de 2007; sin embargo, por las renuncias de los Magistrados en diciembre de ese año, se interrumpió la resolución de causas, para luego en virtud a la reciente designación de nuevas autoridades, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se resuelve el reinicio de los cómputos; sorteándose nuevamente la presente causa el 5 de abril de 2010; por lo que esta Resolución es emitida dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. La incompetencia por razón de materia
- III.4. La actividad procesal defectuosa
- III.5. La revisión de oficio
- III.6. Análisis del caso concreto
- III.7. Radicatoria formal del expediente
- APROBAR