Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2010-R
Fecha: 31-May-2010
APROBAR
El Tribunal Constitucional, en virtud de la jurisdicción y competencia que le confieren los arts. 4 y 6 de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público; 7 inc. 8) y 102.V de la LTC, sobre la base de las consideraciones antes realizadas, en revisión, resuelve APROBAR la Resolución 100 de 9 de octubre de 2006, cursante de fs. 108 vta. a 110, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz; y en consecuencia, DENIEGA la tutela solicitada
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3. Normativa aplicable al caso
- salvo en los casos en que los vicios de nulidad constituyan lesiones a derechos y garantías constitucionales
- III.4. Del caso de análisis
- APROBAR