Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0248/2010-R
Fecha: 31-May-2010
II.5.
II.5. A fs. 32 a 37 cursa el acta del amparo constitucional interpuesto por Jorge Eduardo Abularach Chacón contra el Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial, Oscar Menacho Angeleri, Adriana Gutiérrez Vda. de Cronembold e hijos y Germán Isurza Flores, declarándose por sentencia improcedente y aprobada por SC 0451/2006-R de 10 de mayo, por la causal de improcedencia contenida en el art. 96.3 de la LTC ya que el recurrente no obstante tener la vía incidental expedita para hacer valer sus derechos dentro del propio proceso, no la utilizó y menos agotó (fs. 32 a 37 y 59 a 64).
- recurso de amparo constitucional ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a
- i)
- denegó
- Fragmento 7
- II.1.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- III.3. Normativa aplicable al caso
- salvo en los casos en que los vicios de nulidad constituyan lesiones a derechos y garantías constitucionales
- III.4. Del caso de análisis
- APROBAR