SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

1)

La autoridad recurrida por informe remitido al Tribunal de garantías, conforme consta de fs. 134 a 135 estableció lo siguiente: 1) El Auto de Vista de 3 de junio de 2006, es claro, puesto que fue dictado debido a la revisión de los antecedentes procesales, constatándose del Auto de 4 de mayo del mismo año, que no existe equilibrio  entre la relación cliente y abogado, toda vez que, se está sometiendo al cliente a cobros desproporcionados por los servicios profesionales prestados; 2) Es un proceso sumario donde no ha existido oposición alguna y el hecho de fijar  el 50 % de los bienes recuperados es excesivo y contraviene a lo señalado en la SC 1846/2004-R de 30 de noviembre; y, 3) La iguala profesional va en franca violación del art. 79 de la Ley de la Abogacía (LA), que señala que el abogado no podrá cobrar sus honorarios sobre los bienes en litigio.