SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente, ahora accionante, manifiesta que la autoridad recurrida hoy demandada, vulneró sus derechos a la “seguridad jurídica” y a una remuneración justa por su trabajo, toda vez que, el 12 de diciembre de 2005, Félix Urieta Tumire, contrató sus servicios como abogada patrocinante, para el patrocinio legal de un proceso voluntario de declaratoria de herederos y posesión hereditaria, a la muerte de su hija Julia Urieta de Korigawa, acordando entre partes que los honorarios profesionales se sujetarían a una iguala profesional, fijándose en dicho documento el 50% del monto de los bienes heredados, aclara que gracias a sus gestiones y averiguaciones de abogada, Félix Urieta Tumire, tiene conocimiento de la sucesión legal; por esta razón el 12 de diciembre de 2005, se interpone la demanda de declaratoria de herederos y concluido el trámite, el Juez Primero de Instrucción en lo Civil y Comercial, dictó el Auto de 4 de mayo de 2006, donde procede a regular los honorarios profesionales de acuerdo a la iguala profesional; planteando Félix Urieta Tumire, el recurso de apelación contra de dicho Auto y el Juez Quinto de Partido en lo Civil y Comercial, pronunció el lesivo Auto de Vista de 3 de junio de 2006, donde procede a revocar el Auto de 4 de mayo de 2006, e indebidamente a regular los honorarios en una suma irrisoria de Bs2000.-, pese a que la iguala profesional es un contrato que tiene fuerza de ley; señala también que a momento de pactar dicha iguala, desconocían de la existencia de depósitos a plazo fijo e inclusive del contenido de una caja fuerte. Corresponde considerar, en revisión, si tales extremos son ciertos y si ameritan o no la protección que brinda la presente acción tutelar.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- 1)
- concediendo
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Principios y valores reconocidos por la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 21
- una supuesta iguala con porcentualidades
- iguala profesional
- III.5. Caso analizado
- III.5.1.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- POR TANTO