Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.3.
II.3. Por memorial presentado el 3 de mayo de 2006 (fs. 69 y vta.), la abogada patrocinante, solicita al Juez que conoce el trámite de declaratoria de herederos, la regulación de sus honorarios profesionales (adjunta iguala profesional) y mediante Resolución de 4 del mismo mes y año, el Juez Primero de Instrucción en lo Civil y Comercial procede a regular honorario profesionales conforme a la iguala profesional de 50% del monto heredado, fijando la suma de $us10.410,93.- (diez mil cuatrocientos diez 93/100 dólares estadounidenses) (fs. 70).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- 1)
- concediendo
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Principios y valores reconocidos por la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 21
- una supuesta iguala con porcentualidades
- iguala profesional
- III.5. Caso analizado
- III.5.1.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- POR TANTO