Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0265/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
Fragmento 21
Dentro de un recurso de amparo constitucional, el Tribunal de garantías, anuló obrados, al percatarse que el Juez reguló honorarios profesionales en base a una iguala profesional con porcentualidad y sin considerar que dicho documento no contaba con un monto estimativo ni pericial, fallo que fue aprobado por el Tribunal Constitucional; así la SC 0187/2006-R de 21 de febrero, señalo en su ratio decidendi:
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- i)
- 1)
- concediendo
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3. Principios y valores reconocidos por la Constitución Política del Estado vigente
- Fragmento 21
- una supuesta iguala con porcentualidades
- iguala profesional
- III.5. Caso analizado
- III.5.1.
- III.6.
- III.7.
- III.8.
- POR TANTO