SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0273/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.3.
II.3. El 3 de noviembre de 1998, El Banco Santa Cruz S.A. suscribe contrato de fianza bancaria con el “Consorcio Empresa Constructora Asbún S.R.L. - F.P.A.”, representado por Pablo José Asbún Aburdene, por monto limitado y plazo determinado, con vigencia y validez hasta el 3 de diciembre de 1998, extendiendo boleta de garantía LP-BG-1-97-24474 por la suma de $us 237 109,30.-, que los deudores asumieron ante la Prefectura de Tarija, constituida también como acreedora, constando que en la cláusula décima y décima quinta, expresa que las obligaciones establecidas, inherentes y emergentes del mismo, se garantizan de forma especial con la garantía personal de la línea de crédito 2000-7012-367601, señalando expresamente que la boleta de garantía constituye parte integrante e indisoluble del contrato de fianza bancaria (fs. 10 a 14 vta.); cursa reconocimiento de firma del contrato de fianza bancaria sólo del representante del Consorcio Empresa Constructora Asbún S.R.L. - F.P.A.”, Pablo José Asbún Aburdene (fs. 15) y boleta de garantía en la que señala que el depósito de los $us 237 109,30.-, es depositado a cuenta del Consorcio Empresa Constructora Asbún S.R.L. - F.P.A.” (fs. 9 y 181).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- a)
- i)
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del recurso de amparo constitucional, hoy acción de amparo constitucional
- III.4. Proceso ordinario posterior al ejecutivo
- III.5. Valoración de la prueba como competencia exclusiva de los jueces y tribunales ordinarios
- III.6. Análisis de la problemática planteada
- III.6.1.
- III.6.2.
- denegar
- APROBAR