SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0273/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0273/2010-R

Fecha: 07-Jun-2010

II.5.

II.5.  El 6 de diciembre de 2003, el Juez mencionado, admite las excepciones opuestas por los demandados, consistentes en: 1) Falta de personería en los ejecutados, porque el contrato de fianza y la boleta de garantía fue suscrito por Pablo José Asbún Aburdene en su calidad de representante del Consorcio Empresa Constructora Asbún S.R.L. - F.P.A.” y no así como representante de la “Empresa Constructora Asbún S.R.L.”; 2) Falta de fuerza ejecutiva, porque los recurrentes no firmaron el contrato de fianza bancaria, ni mucho menos garantizaron al “Consorcio Asbún- FPA”; 3) Inhabilidad del título, porque los socios de la “Empresa Constructora Asbún” no otorgaron facultades para que la misma se una con otra entidad jurídica, ni menos para que contrate con entidad jurídica financiera, sobre boletas de garantía a nombre de Consocio alguno; y, 5) Falsedad de título, porque el contrato de fianza bancaria y el reconocimiento de firmas fue firmado en blanco y llenado maliciosamente a conveniencia del ejecutante, tal cual se evidencia en las cláusulas primera, tercera, décima, décima tercera, décima cuarta y décima quinta, por cuanto solicitan remitir antecedente a la PTJ, a efectos de procederse al estudio documentológico correspondiente (fs. 44 a 49).