Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0288/2010-R
Fecha: 07-Jun-2010
II.1.
II.1. Por acta de incautación de inmueble de 7 de noviembre de 1997, se evidencia que el Fiscal de Materia de Sustancias Controladas, junto a funcionarios de la FELCN, y otras autoridades, procedieron a la incautación del inmueble ubicado en la zona El Mirador, calle innominada, Primer Pasaje sin número, con una extensión de 324,94 m2, de la ciudad de Cochabamba, de propiedad de José Luis Rojas Flores, implicado en el caso R-535/97, operación denominada "Retorno" (fs. 2).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- denegando
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3.
- III.4. El amparo no constituye una instancia para revertir fallos judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- APROBAR