Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
El expediente se recibió en este Tribunal el 10 de noviembre de 2006; por las renuncias de los Magistrados suscitadas en diciembre de 2007, se interrumpió la resolución de causas, para luego, en virtud a la reciente designación de autoridades en este órgano de control constitucional, por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se dispone el reinicio de los cómputos; sorteándose nuevamente la presente causa el 19 de abril de 2010, por lo que la presente Resolución, es dictada dentro de plazo.
- recurso de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3.1. Naturaleza jurídica de esta acción tutelar
- III.3.2. La doble naturaleza del debido proceso
- 1) Derecho fundamental:
- 2) Garantía jurisdiccional:
- III.4. El caso en análisis
- 701199200601388 correspondiente al caso V-501/2006 de 12 de enero
- Fragmento 24
- la individualización de las partes",
- 2º