Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0316/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.4.
II.4. El 27 de julio de 2006, la auxiliar del Juzgado Séptimo de Instrucción en lo Penal, presentó informe señalando que realizada la verificación si en alguno de los Juzgados de turno durante la vacación del 3 al 24 de julio, se había recibido alguna acusación en el caso del imputado Pablo Vaca Guagama con proceso 701199200601388, caso V-501/2006, se le informó que no se realizó ninguna presentación, así como tampoco hasta esa fecha se había presentado nada en el Juzgado en el cual cumplía sus funciones (fs. 92).
- recurso de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- i)
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- "accionante"
- "conceder"
- III.3.1. Naturaleza jurídica de esta acción tutelar
- III.3.2. La doble naturaleza del debido proceso
- 1) Derecho fundamental:
- 2) Garantía jurisdiccional:
- III.4. El caso en análisis
- 701199200601388 correspondiente al caso V-501/2006 de 12 de enero
- Fragmento 24
- la individualización de las partes",
- 2º