Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0321/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente ahora accionante, alega la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa y de la garantía al debido proceso, toda vez que, se instauró un proceso disciplinario en su contra por pérdida de expedientes judiciales que se encontraban a su cargo, concluyendo dicho proceso con la destitución de la misma, indicando que durante la tramitación del proceso se produjeron irregularidades y se actúo de manera contraria a la ley, pues no se cumplieron los requisitos establecidos para la formulación de la denuncia. En consecuencia, corresponde en revisión, si tales extremos son evidentes, a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. a)
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. De la seguridad jurídica
- III.3.2. De la garantía al debido proceso
- APROBAR