SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0327/2010-R

Fecha: 15-Jun-2010

En cuanto a la igualdad en el ámbito procesal

En cuanto a la igualdad en el ámbito procesal está prevista como una garantía jurisdiccional por el art. 119.I de la CPE, al establecer que: “Las partes en conflicto gozarán de igualdad de oportunidades para ejercer durante el proceso las facultades y los derechos que les asistan, sea por la vía ordinaria o por la indígena originaria campesina”; por tanto, es un principio al que están sujetos las autoridades que conocen un caso concreto; y también se convierte en un derecho exigible para los sujetos procesales.