Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0335/2010-R
Fecha: 15-Jun-2010
II.6.
II.6. Solicitando el ejecutante se expida mandamiento de desapoderamiento, la Jueza recurrida, por decreto de 21 de junio de 2006, dispone expedirse el mandamiento solicitado, previa notificación de los recurrentes en su calidad de ocupantes del inmueble, resolución con la que fueron notificados Alfredo Wolff Zambrana y Olga Pérez Rivera de Wolff mediante cédula en el domicilio de calle Pilinco 152, segundo piso. (fs. 37 a 40).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- salvo los casos de daño irreparable,
- III.4. Del caso de análisis
- improcedencia
- APROBAR