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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2010-R

    Fecha: 22-Jun-2010

    c)  Principio de convalidación:

    c)  Principio de convalidación: Por este principio, debe entenderse que producido el acto procesal que, a criterio de alguna de las partes, cause algún agravio en sus derechos, deben formular el reclamo o recurso correspondiente de manera oportuna, caso contrario el acto se convalida, ya que se presume que renunciaron a invocar los defectos.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
    • i)
    • 1)
    • improcedente
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
    • “accionante”
    • “conceder”
    • III.3. Subsidiariedad del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
    • a) Principio dispositivo:
    • b) Principio de preclusión:
    • c)  Principio de convalidación:
    • III.5. El caso en análisis
    • 1º APROBAR en parte

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