Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0372/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
Fragmento 3
La recurrente plantea recurso de amparo constitucional contra Oscar Barrios Sánchez y Lilian Paredes Gonzáles, Vocales de la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca; Luis Subirana Hurtado, Juez Primero de Partido en lo Civil y Comercial; y Félix Espada Saavedra, Juez Segundo de Instrucción en lo Civil, todos del mismo Distrito Judicial; solicitando se declare procedente y se disponga la nulidad de los Autos 143/2006 de 17 de mayo, Auto de Vista de 2 de junio de 2004 y el de concesión del recurso de 6 de enero de 2003; y sea con expresa condenación de daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- i)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Subsidiariedad del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- a) Principio dispositivo:
- b) Principio de preclusión:
- c) Principio de convalidación:
- III.5. El caso en análisis
- 1º APROBAR en parte