SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0377/2010-R
Fecha: 22-Jun-2010
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de sus derechos a la igualdad procesal, a la defensa y a la garantía del debido proceso, aduciendo que los Vocales demandados incurrieron en grave acto ilegal al dictar el Auto de Vista 418/2005 de 20 de julio, al admitir y valorar en apelación la prueba presentada extemporáneamente que no recibió el tratamiento establecido por el art. 331 del CPC, menos se ajusta a los supuestos de los arts. 232 y 233 del mismo Código, pues no se corrió en traslado ni se abrió plazo probatorio, a pesar de haber sido solicitada en el memorial de apelación. Consiguientemente, en revisión de la Resolución del Tribunal de garantías corresponde determinar si se debe otorgar o no la tutela impetrada.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- I.2.3.
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante'
- Fragmento 17
- seis meses
- en que se interpuso con anterioridad un recurso de amparo constitucional sobre los mismos hechos, pero que en esa primera oportunidad el recurso, ahora acción, fue rechazada por cuestiones de forma sin ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada; por equidad, corresponde que el plazo deba ser
- el plazo se suspende
- se impugna el Auto de Vista 418/2005 de 20 de julio,
- POR TANTO
- 2º Se llama la atención al Tribunal de garantías