SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0403/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0403/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

De la lectura del informe de la autoridad recurrida cursante a fs. 53 y vta., se extrae que ésta niega los extremos del recurso señalando en el Auto intimatorio haberse dispuesto el embargo de los bienes de propiedad del deudor Ricardo Wazilewski, procediéndose a embargar 300 ha, de soya en estado de cosecha; asimismo, a solicitud de la parte ejecutante se dispuso el secuestro de de la soya en cuestión, señalando que la parte recurrente antes de acudir a la vía constitucional debía haber utilizado el recurso contenido en el art. 218 del CPC, razón por la cual al existir recurso pendiente de resolución cual viene a ser la tercería y no haber hecho uso de los recursos ordinarios previos a la instancia constitucional, debe declararse la improcedencia del amparo.