SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2010-R

Fecha: 28-Jun-2010

improcedente

La Resolución de 27 de noviembre de 2006, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, cursante a fs. 123 y vta., declaró improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) Las resoluciones emitidas, son: una por el Consejo Universitario y otra del Consejo Facultativo de la Facultad de Ciencias Económicas, es decir organismos colegiados, por tanto el recurso debió ser interpuesto contra todos los que forman parte de dichos Consejos, tal establecen las SSCC 0457/2006-R y 994/2005-R (sic); y, 2) Se demandó de amparo constitucional a Franz Vargas Loayza, Rector de la UMSS y Wálter López Valenzuela, Presidente del Consejo Facultativo de la Facultad de Ciencias Económicas, pidiendo la nulidad de las Resoluciones emitidas por sus entes respectivos que son organismos colegiados, resultando la legitimación pasiva incompleta tornando improcedente el recurso.

Por lo expresado precedentemente, la situación planteada no se encuentra dentro las previsiones y alcances del amparo constitucional, por lo que el Tribunal de garantías, al declarar improcedente el entonces recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación a esta acción tutelar.