SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0447/2010-R
Fecha: 28-Jun-2010
Resolución 3/06
En el caso en revisión, consta que el accionante fue sometido a un proceso disciplinario ante el “Tribunal Universitario de Primera Instancia” que le impuso la sanción de destitución definitiva del cargo de docente, misma que fue anulada por Resolución 3/06 de 16 de marzo de 2006 del Consejo Universitario por vulneración del Estatuto Orgánico de la UMSS y en cumplimiento del art. 31 de la CPEabrg; Resolución de la máxima instancia universitaria que en su “Artículo Unico”, que en realidad es el Primero, dispuso: “Quedan nulas las actuaciones del Tribunal de Primera Instancia desde el momento en que, uno o varios de sus miembros, dejaron de cumplir los requisitos establecidos en el Estatuto Orgánico de la UMSS y en cumplimiento del Art. 31 de la Constitución Política del Estado” (sic), y dispuso en su “Artículo Cuarto: Se recomienda al H. Consejo Facultativo de Ciencias Económicas la no recontratación del Lic. Freddy Vargas Orozco como docente extraordinario de esa unidad académica, a partir de la gestión I/2006” (sic) (fs. 13 y 120). Si bien no consta notificación expresa al accionante con dicha Resolución, no es menos evidente de que existen elementos suficientes de que asumió conocimiento de la misma de manera oportuna, puesto que de fs. 1 a 4, cursa un oficio de 20 de marzo de 2006, dirigido por el accionante Freddy Edilberto Vargas Orosco ante el Presidente y Miembros del Consejo Facultativo de la UMSS, por el cual “solicita reincorporación absoluta”, y empieza señalando : “El Honorable Consejo Universitario mediante Resolución 3/06 de 16 de marzo de 2006, ante la deslegitimación del tribunal de primea instancia de procesos universitarios, en su parte resolutiva dispone, nulas las actuaciones de este tribunal” (sic), es decir hace mención a la Resolución que impugna a través de esta acción tutelar.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- Fragmento 14
- III.2. Naturaleza subsidiaria del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- III.3. En cuanto al plazo para la interposición de la acción de amparo constitucional
- existe un plazo para su interposición
- Resolución 3/06
- 7 de noviembre de 2006
- Resolución 088/06 de 28 de julio de 2006
- Fragmento 21
- III.5.
- en casos como el presente, cuando el Tribunal Colegiado está conformado por una gran cantidad de personas
- modulación el razonamiento expresado en la SC 0994/2005-R
- entes colegiados con número de miembros numeroso
- APROBAR