Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0479/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
c)
c) El pacto firmado ante el Ministerio del Trabajo lesionó los derechos fundamentales del recurrente, resultando nulo de pleno derecho, debido a que ningún convenio puede tener como base la renuncia de los derechos sociales, lo que está terminantemente prohibido por el propio texto de la Constitución Política de Estado (CPEabrg), en su art 162, por lo que el memorando de reincorporación del recurrente, que no se estableció si fue conocido antes del recurso de amparo constitucional, al otorgársele con una jerarquía inferior y un sueldo menor, resulta nulo de pleno derecho.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 3)
- 4)
- 5)
- concedió
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los derechos fundamentales de las personas discapacitadas
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR