SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0479/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0479/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

II.7.

II.7.  El 22 de agosto de 2006, en la Dirección Departamental del Trabajo, con la intervención de la Inspectoría de esa repartición, la Directora Ejecutiva de la CEASS, la Jefa de la Unidad Jurídica de esa entidad y el recurrente, se desarrolló una audiencia conciliatoria, asumiendo las funcionarias de la CEASS,   el compromiso de restituir a su fuente laboral al ahora recurrente en el plazo de cuarenta y cinco días (fs. 40 a 43).