SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0479/2010-R
Fecha: 05-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante denunció que la Directora Ejecutiva de la CEASS, autoridad recurrida, hoy demandada, vulneró su derecho al trabajo, toda vez que no se consideró que se hallaba convaleciente y hospitalizado, debido a que fue atropellado en un accidente de tránsito producido el 22 de mayo de 2006, cuando se encontraba cumpliendo su función de Administrador Regional de esa entidad, y a pesar de esas circunstancias se le cursó un memorando para que desde el 23 de ese mes y año, con el que se le obligó a que hiciera uso de su vacación anual, sin que él hubiera solicitado la misma. Además, pese a que adjuntó la baja médica el 8 de junio de 2006, obtenida con retraso, debido a un paro de la CNS y al reclamo presentado en esa oportunidad, el 16 del mismo mes y año, se le cursó un memorando de retiro, aduciendo una supuesta reestructuración, y no obstante que pidió su reincorporación adjuntando los documentos que acreditan que es padre de un menor con discapacidad auditiva y por ende goza de inamovilidad funcionaria, no fue restituido a su cargo, incumpliendo el compromiso que asumió de restituirle en el plazo de cuarenta y cinco días. Corresponde, en revisión, analizar los fundamentos del recurso y los hechos reclamados a fin de determinar si se otorga o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- 3)
- 4)
- 5)
- concedió
- a)
- c)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.12.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre los derechos fundamentales de las personas discapacitadas
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR