SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0479/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0479/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

II.8.

II.8.  El 23 de agosto de 2006, el Superintendente General a.i. del Servicio Civil (SSC), cursó respuesta a la nota que fue enviada por el recurrente previamente, el 7 de julio del mismo año, por la que solicitó que esa instancia intercediera ante las autoridades de la CEASS, para su reincorporación, señalando la misma Superintendencia no podía emitir instrucción alguna disponiendo lo que solicitó el recurrente, porque no tenía la competencia para ello, por cuanto sólo puede hacerlo cuando se trata de funcionarios de carrera o aspirantes a esa condición, previa tramitación de los recursos de revocatoria y jerárquico referidos en el art. 66 del Estatuto del Funcionario Público (EFP) (fs. 36).