SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0513/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0513/2010-R

Fecha: 05-Jul-2010

III.6.4.

III.6.4. Teniendo en cuenta que, la acción de amparo constitucional tendrá lugar contra todos los actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la Constitución y la ley, en el caso presente, del análisis efectuado, no se advierte la vulneración de ningún derecho fundamental ni garantía constitucional por parte de las autoridades demandadas, pues actuaron conforme las normas procesales realizando la notificación en el domicilio procesal señalado por el accionante en su demanda, que no fue cambiado hasta después de la ejecutoria de la Resolución que revocó la Sentencia de primera instancia.