SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0537/2010-R

Fecha: 12-Jul-2010

a)

El abogado de la recurrente, ratificó íntegramente los términos del recurso. En audiencia, con el derecho a la réplica señaló que: a) Existe una certificación de 17 de octubre de 2005, que establece que la interna, durante el tiempo de su permanencia, no registra antecedentes negativos en su conducta dentro del sistema penitenciario, ni haber sido sancionada, por faltas graves y muy graves; con referencia a los otros informes, éstos son evacuados sin previo proceso, contraviniendo los arts. 16.IV de la CPEabrg y 123 de la LEPS; sin embargo, no se ha sometido a la recurrente, a ningún proceso administrativo; y, b) Es evidente que la correcurrida Margott Rosa Cardozo de Heredia, firma el informe requerido por el Fiscal de Materia, Jhonny Vaca Diez Méndez.