Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0735/2010-R
Fecha: 26-Jul-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifiesta que se vulneró el derecho a la libertad del menor S.L.G.P. pues el 4 de abril de 2008, fue conducido al albergue de "la Línea 136" señalándosele que permanecería allí por setenta y dos horas, es decir, hasta el lunes 7 del mismo mes y año; sin embargo, hasta el 11 del citado mes y año, cuando presentó el recurso de habeas corpus continuaba en ese centro contra su voluntad y sin que exista una orden judicial al efecto. Corresponde analizar, en revisión, si de acuerdo a los datos del cuaderno procesal, las normas constitucionales y legales aplicables, se debe o no otorgar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus hoy acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad y funcionario recurrido y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- i)
- iii)
- iv)
- v)
- vi)
- vii)
- ix)
- x)
- 1.-
- 2.-
- 3.-
- 4.-
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3. El régimen de protección del niño, niña y adolescente en Bolivia
- Fragmento 39
- III.4. La guarda y el acogimiento de niños, niñas y adolescentes
- III.5. Respecto a la celebración de la audiencia de habeas corpus
- III.6. El caso en revisión
- 1º APROBAR
- 2º