Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0750/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
II.4.
II.4. Consta memorial de interdicto de adquirir la posesión, de 2 de marzo de 2007, interpuesta por Wilson Álvaro Cavero Álbarez y Marcos Antonio Claros Enríquez, en representación de Jorge Cavero Flores y Jaime Javier Cavero Flores (fs. 1 a 2 vta.); a ese efecto, la Jueza Décima de Instrucción en lo Civil de Cochabamba, señaló audiencia de posesión, mediante providencia de 8 del referido mes y año, a realizarse el 16 también de ese mes y año, a horas 16:30 (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que lo motivan
- a)
- Fragmento 4
- 1)
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.3.1.
- Fragmento 20
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- III.4.1.
- concedido