SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0764/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
a)
El recurrente, ratificó y reiteró los términos de su recurso y los amplió agregando que: a) Se le inició proceso administrativo interno por tres supuestos cargos: abuso de personal de la institución, intimidación y posterior amenaza de despido “o la no recontratación”, actitud prepotente con el personal subalterno, asistencia al trabajo en estado inconveniente y maltrato psicológico; sin embargo, en la Resolución final de destitución, se le aumentaron otros cargos tales como demora en el despacho de la correspondencia, “informe de viaje para notificar a una “TSO” y una parte también la contratación del portero de la institución”, sin que haya tenido conocimiento de que se le investigaba también por estos hechos; b) Asimismo, la Sumariante, ahora recurrida, antes de encuadrar su actuación en el procedimiento administrativo, debía determinar si esos elementos se hallan establecidos como faltas, sanciones o irregularidades en la Ley Administrativa, o por lo menos en el Reglamento que regula la actividad del INRA; c) La autoridad sumariante, incurrió en un acto de nulidad, al hacer declarar al personal del INRA en horas de la noche, por lo cual al estar conciente de aquello, repitió actas; a cuya consecuencia, cinco funcionarios declararon al mismo tiempo, con lo cual ha incurrido en falsedad de acta; y d) De igual forma, la Sumariante no cumplió a cabalidad sus obligaciones previstas en los Decretos Supremos 26237 y 23318-A, referido a que debe considerar y resolver el recurso de revocatoria en sus dos variables, confirmado o revocando, pero jamás rechazando; asimismo, estaba en la obligación de elevar obrados ante la autoridad jerárquica; sin embargo, no lo hizo, actos con los que violó el principio de legalidad y la norma administrativa.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3
- III.3.4.
- III.3.5.
- III.3.6.
- APROBAR