Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0764/2010-R
Fecha: 02-Ago-2010
III.3.2.
III.3.2. En la problemática que se revisa, el accionante denuncia varios hechos cometidos por las autoridades demandadas en la sustanciación del proceso sumario interno que se le siguió, por supuestas faltas en el cumplimiento de sus funciones y que derivó en la destitución de su cargo como Director Departamental del INRA de Potosí, actos con los que según señala, se han vulnerado sus derechos a la “seguridad jurídica”, a la defensa, al trabajo así como la garantía del debido proceso; consiguientemente, para un mejor desarrollo de los mismos corresponde analizar por separado cada uno de ellos.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.14.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- III.3.3
- III.3.4.
- III.3.5.
- III.3.6.
- APROBAR