SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

II.5.

II.5. Mediante nota de 5 de marzo de 2007, cursante de fs. 51 a 52, dirigida al Presidente de la LFPB, suscrita por Mario Chávez Landivar como Presidente del Club Oriente Petrolero y Orlando Jordán Arredondo como Secretario General, solicitando “invalidación de lista de Directorio y registro nuevo de Directorio” (sic), manifestando que en la lista enviada el 5 de febrero del mismo año, se había incluido a personas que no estaban habilitadas para ejercer ciertos cargos como directivos o que habían sido suspendidos por el Tribunal de Honor de ejercer cualquier actividad en la entidad, y en cumplimiento de lo asumido en la asamblea de socios de 7 de diciembre de 2006, y en ejecución de las Resoluciones del Tribunal de Honor, rectificaron la lista del Directorio del Club Oriente Petrolero, como Presidente, Mario Chávez Landivar, primer Vicepresidente, Pablo Zeballos Banegas, segundo Vicepresidente, Ladislao Zubirana, Tesorero, Eduardo Soriano Noriega, Secretario General, Orlando Jordán Arredondo, Secretario de Actas, Richard Méndez Cossio, Vocales, Román Cruz Montaño y Ernesto Alemán y como Vicepresidente Ejecutivo, Denald Chávez Arteaga.