SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
III.3.3.
III.3.3. Es menester señalar que, el accionante pretende el reconocimiento del Directorio que habría sido conformado a consecuencia de la firma de un acuerdo con el demandado, y que fue desconocido, pretendiendo éste que lo acordado, sea validado mediante la presente acción tutelar, lo cual no es permisible por cuanto, como se señaló precedentemente, el recurso de amparo no es sustitutivo de las vías ordinarias para hacer valer los derechos supuestamente vulnerados y menos para hacer cumplir convenios pactados entre partes, para ello se encuentra prevista la vía ordinaria, a la cual igualmente pudieron haber acudido, más aún al haberse evidenciado, de la revisión de obrados, que se iniciaron las medidas preparatorias de demanda, pidiendo el reconocimiento de firmas del acuerdo suscrito con el demandado ante el Juez de Partido en lo Civil y Comercial de Tur2no.
En ese sentido, la SC 0895/2005-R de 4 de agosto, señaló que: “(…) esta acción tutelar no es sustitutiva de las vías ordinarias que tiene el recurrente para impugnar la falta de cumplimiento de contrato y en su caso exigir el cumplimiento de una o algunas de las cláusulas contenidas en él, puesto que todas las emergencias que resulten de la relación contractual entre el recurrente y (…) están sujetas a las previsiones contractuales pactadas entre partes, por lo que -se reitera-, el cumplimiento de una o alguna de cláusulas del mismo debe ser resuelto por la autoridad competente en la vía ordinaria que el recurrente tiene expedita para ejercer sus derechos”.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. N
- III.3.2.
- III.3.3.
- APROBAR