SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0837/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
En revisión la Resolución 13 de 20 de abril de 2007, cursante de fs. 186 a 189, pronunciada por la Sala Penal Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Alex Osvaldo Céspedes Corbán en representación de Pablo del Granado Jiménez, Gonzalo Fernando Parada Franco, Serafín Castedo Vaca, Daniel Alfonso Vidal Rosado y Sergio José Viscarra Gil contra Mario Chávez Landivar, Presidente del Club Deportivo Oriente Petrolero, alegando la vulneración de los derechos de sus mandantes, a la dignidad, a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 6.II, 7 inc. a) y 16.IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Persona recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. N
- III.3.2.
- III.3.3.
- APROBAR