Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0853/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.6.
II.6. El 15 de febrero de 2007, los Ministros recurridos dictaron el Auto Supremo 105, que admitió el recurso de casación interpuesto por el imputado, indicando que correspondía abrir la competencia casacional de ese Tribunal, a efecto de absolver todos aquellos motivos, que en su caso, no hubieran sido objeto de pronunciamiento expreso por el mismo Tribunal, bajo el principio de seguridad jurídica (fs. 93 a 96 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- I.2.3. Intervención del tercero interesado
- concediendo
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- III.3. Naturaleza jurídica y alcance de la tutela del amparo constitucional en relación a los derechos que protege
- III.4. Las decisiones judiciales: Consideraciones sobre la cosa juzgada material y formal
- III.5. El caso en análisis
- sólo procede contra autos de vista
- no es
- APROBAR