SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0857/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0857/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

1)

En uso del derecho a la réplica, arguyó lo siguiente: 1) Habiéndose considerado, recién el 14 de marzo de 2007, la moción de censura, cómo fue posible que se notifique a su defendido el 13 del citado mes y año con dicha moción, si es que la misma no había sido admitida ni aprobada; y, 2) Los recurridos no procedieron a la convocatoria pública de la sesión extraordinaria para tratar la moción de censura, existiendo en consecuencia, la nulidad dispuesta por el art. 16.V de la Ley de Municipalidades (LM).