Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0857/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.10.
II.10. El 24 de abril de 2007, la Fiscal, emitió requerimiento para que la Secretaria del Concejo Municipal, informe en el plazo de veinticuatro horas la constancia por la que el Presidente del Concejo Municipal ordenó el cumplimiento del requerimiento de 12 de abril de 2007, y si se habría franqueado al solicitante la documentación pedida, requerimiento con el que se notificó a Laura Ortega, Secretaria del Concejo Municipal, el 24 del citado mes y año (fs. 139 y vta.)
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- 1)
- i)
- denegó
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- a)
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1.
- III.3.2.
- denegado
- REVOCAR