Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0860/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
Fragmento 3
Con esos antecedentes, interpone recurso de amparo constitucional contra Heriberto Larrea García y Fernando Rivero Calderón, miembros de la UOB-San Borja de la Superintendencia Forestal, solicitando: 1) Se conceda la tutela; 2) Restituya el derecho a “la seguridad jurídica” e inviolabilidad de domicilio; 3) Se anule las inspecciones de 7 y 13 de febrero de 2007, declarando la nulidad del acta de depósito provisional 8061 de 7 del referido mes y año y el provisional de decomiso 9420 de 13 del mismo mes y año; y, 4) Califiquen los daños y perjuicios.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- i)
- concedió
- I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- se debe tener claramente establecido que "la seguridad jurídica" al ser un principio, no puede ser tutelado por el recurso o acción de amparo constitucional que tiene por finalidad proteger derechos fundamentales -no principios-, reconocidos por la Constitución
- salvo que la restricción o supresión de los derechos o garantías constitucionales ocasione un perjuicio irremediable o irreparable, en cuyo caso, de manera excepcional, se activa el amparo constitucional para otorgar una tutela efectiva e inmediata que evite la consecuencia irremediable
- III.5.
- APROBAR