SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0864/2010-R

Fecha: 10-Ago-2010

Respecto a la Presidenta del Tribunal Cuarto de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz:

Por otra parte los accionantes impugnan la Resolución 29/06, dictada en audiencia de juicio oral, mediante la cual el Tribunal Cuarto de Sentencia de La Paz rechazó el incidente de nulidad por supuesta actividad procesal defectuosa, accionando a ese efecto el amparo constitucional sólo contra la Presidenta y Jueza Técnica de dicho Tribunal, sin considerar que el mismo estaba constituido por tres Jueces Ciudadanos más, quienes participaron desde el inicio en la audiencia de juicio oral y conocieron del incidente de nulidad planteado y asumieron junto a la Jueza Técnica la determinación de su rechazo, suscribiendo el acta respectiva donde consta esa Resolución.

En consecuencia, siguiendo el criterio del Fundamento Jurídico III.3.2, existe falta de legitimación pasiva respecto a la Resolución emitida por el Tribunal de primera instancia que resolvió el incidente de nulidad, por cuanto la legitimación de un ente o tribunal colegiado, responde a la posibilidad que se otorgue la tutela solicitada al verificarse una lesión de derechos, situación en la que se dispondría la emisión de un nuevo pronunciamiento o resolución conforme a derecho; sin embargo, si la acción no está dirigida contra todos los miembros del tribunal mixto, la disposición carece de eficacia, situación que se manifiesta en la presente causa en la que se accionó el amparo sólo contra la Presidenta del Tribunal Cuarto de Sentencia y no así contra los tres Jueces Ciudadanos que también constituían dicho Tribunal y asumieron la misma responsabilidad con la indicada Resolución suscribiéndola; situación que impide a este Tribunal ingresar al análisis de las irregularidades denunciadas, correspondiendo denegar la tutela solicitada, al existir falta de legitimación pasiva.