SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
6)
6) Luego de comunicados los resultados conforme al estatuto de la entidad, el Comité Electoral recibió tres impugnaciones: i) la primera correspondiente a la empresa "SYSCOM" INGENIERIA Y SERVICIOS EN COMPUTACIÓN, la cual impugnó la elección de la empresa "ISE & E S.R.L." (categoría "E") aduciendo que la misma utilizó el logotipo relacionado con programas de la Cámara, acompañando documentos, fundó su impugnación en la Resolución "01/07" del Comité Electoral que imponía prohibiciones; ii) la segunda impugnación era de la empresa IMCRUZ COMERCIAL S.A., que observó el voto de la empresa CENTRO DE SERVICIO PORTALES S.R.L., en la categoría "A", efectuado por Hugo Trujillo Villarroel, aduciendo que existía otro representante legal, concretamente Sergio Rodrigo Terán Oporto, y que tal aspecto aparece en el acta 16/2006 del Directorio de la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba; y, iii) La tercera impugnación fue presentada por la empresa Automóvil Club Boliviano- Unidad Carburantes S.R.L., en la que se pidió la anulación de las elecciones de la categoría "A", expresando que quien emitió su voto (Hugo Trujillo Villarroel) dejó de ser el representante legal y que concurre otro representante legal según acta de Directorio 16/2006.
- recurso de amparo constitucional, ahora de acción de amparo constitucional,
- a)
- c)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- 1)
- 2)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la ciudadanía
- poder público
- III.4. Sobre el derecho de asociación
- III.5. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.6. Sobre el derecho a la defensa
- III.7.1. Legitimación pasiva
- III.7.2. Legitimación activa, respecto a las personas colectivas privadas
- "
- III.9. Análisis del caso concreto
- III.9.1.
- III.9.2.
- III.9.3.
- concedido
- APROBAR en parte