SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0902/2010-R
Fecha: 10-Ago-2010
II.4.
II.4. El 22 de marzo de 2007, dicho Comité Electoral, emitió el Fallo a las impugnaciones en la categoría "A" y categoría "E", en el que dispuso lo siguiente: 1) Convocar a nuevas elecciones de la categoría "A" con las mismas empresas postulantes al Directorio de la Cámara de Comercio y Servicios de Cochabamba, por la gestión 2007-2009, para el 27 del mismo mes y año, emitiéndose la publicación de convocatoria a elecciones el 23 y 25 de marzo de ese año; y, 2) Descalificar a la empresa "ISE & E S.R.L.", para asumir la titularidad en la categoría "E", por haber incumplido lo establecido por la Resolución 01-07 de 26 de febrero de 2007, por lo que la firma comercial ESTRATEGAS EN COMUNICACIÓN, asume la titularidad en la categoría "E" por ser la segunda empresa mejor votada en las elecciones del 20 de marzo del mismo año, y la empresa "SYSCOM" asume la suplencia en la categoría "E" por el termino de 2 años (fs. 65 a 68).
- recurso de amparo constitucional, ahora de acción de amparo constitucional,
- a)
- c)
- Fragmento 4
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- 1)
- 2)
- 5)
- 6)
- 7)
- 8)
- concedió
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre el derecho a la ciudadanía
- poder público
- III.4. Sobre el derecho de asociación
- III.5. Sobre el derecho al debido proceso
- La importancia del debido proceso esta ligada a la búsqueda del orden justo
- El desarrollo histórico del proceso, consecuente con la protección del individuo y la realización de la justicia, ha traído consigo la incorporación de nuevos derechos procesales.
- III.6. Sobre el derecho a la defensa
- III.7.1. Legitimación pasiva
- III.7.2. Legitimación activa, respecto a las personas colectivas privadas
- "
- III.9. Análisis del caso concreto
- III.9.1.
- III.9.2.
- III.9.3.
- concedido
- APROBAR en parte