SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

Fragmento 21

          Respecto a la extinción de la acción penal por duración máxima del proceso, este Tribunal Constitucional mediante la SC 0101/2004-R de 22 de enero, señaló: “…que, vencido el plazo, en ambos sistemas, en lo conducente, el juez o tribunal del proceso, de oficio o a petición de parte, declarará extinguida la acción penal, cuando la dilación del proceso más allá del plazo máximo establecido, sea atribuible al órgano judicial y/o, al Ministerio Público, bajo parámetros objetivos; no procediendo la extinción cuando la dilación del proceso sea atribuible a la conducta del imputado o procesado”.