SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0948/2010-R

Fecha: 17-Ago-2010

I.2.3. Intervención del tercero interesado

Juan Alfonso Bort Amelunge y Marcelo Tomasi Justiniano, a través de su abogado, expusieron que en la etapa preparatoria, ya fue declarada la extinción penal del proceso por el Juez, Hernán Tapia Pachi, quien después repuso ese Auto y prosiguió con una ilegal conversión, en cuyo mérito, llegó el proceso a conocimiento del Juez recurrido, ante quien se hizo uso de toda la defensa técnica que corresponde, sin que eso signifique una dilación indebida, y opusieron excepciones, que fueron rechazadas. Ante el abandono del proceso por el acusador particular por más de un año, formularon la excepción de extinción de la acción, mereciendo el Auto de 1 de julio de 2006, en el que haciendo referencia a la dejación del caso, el Juez recurrido, realiza una valoración detallada de los hechos y declara procedente la excepción de extinción de la acción por la duración máxima del proceso, no siendo posible tomar como actos procesales perdidos, los anteriores a la conversión de acción.

Por su parte, el abogado de Manuela Téllez Llanos de Humérez y Martha Isabel Quinta, expresó que los coimputados hicieron uso de los recursos y medios de defensa que establece la Constitución Política del Estado y la norma positiva vigente, por lo que, pidió la improcedencia del recurso, al estar los fallos y Resoluciones impugnadas, enmarcados en lo establecido por la ley vigente.