Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0964/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
II.14.
II.14. María Luisa Montaño Gutiérrez interpuso recurso de apelación (fs. 55 y vta.) y luego de remitido el expediente ante el Juez de Partido en lo Penal de Quillacollo, por Auto de 26 de febrero de 2004, anuló obrados hasta el vicio más antiguo, es decir, hasta que Antonio Álvarez Terrazas sea notificado con la Sentencia mediante edictos (fs. 64).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- 1)
- i)
- improcedente
- II.3.
- II.5.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15.
- II.16.
- II.17.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- "recurso de
- III.3.
- III.4. El derecho a la defensa en materia penal y los efectos de la rebeldía
- III.5. Necesidad de demostrar el estado de indefensión
- III.6. Análisis del caso de denunciado
- Fragmento 28
- la indefensión absoluta y manifiesta
- III.7. Actuación del Tribunal de garantías
- POR TANTO