SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1019/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

c)

c)   En relación a lo señalado y conforme a la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Constitucional en cuanto a la legitimación pasiva, se debe entender que el recurso debe ser planteado contra la autoridad que emitió la resolución o cometió el acto indebido o ilegal, puesto que de lo contrario resultaría ineficaz la tutela que se solicita; motivos por los que los Vocales de la Sala Penal Segunda, al haber emitido únicamente en grado de apelación restringida la Resolución 76/2005, confirmando la Sentencia dictada en primera instancia, y no así otra resolución o fallo dentro del proceso penal seguido contra el recurrente y mucho menos haber sido de su conocimiento el incidente de nulidad de notificación objeto del presente recurso de amparo, carecen de toda legitimación pasiva para ser demandados; de igual forma, la Jueza Técnica, Cristina Rodríguez Zegarra, quien no intervinó en la resolución del fallo objetado en el recurso; por lo que se demuestra que no existe coincidencia entre las autoridades que presuntamente causaron la violación de los derechos y aquéllas contra quienes se dirigió la acción titular.